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Panorama En el mundoEl Acuerdo MSF de la OMC y su función en la vigilancia del proceso de armonización y el uso de las normas internacionales

En el mundo Publicado en 2021-12-20 15:15:16

El Acuerdo MSF de la OMC y su función en la vigilancia del proceso de armonización y el uso de las normas internacionales

Autores

Christiane Wolff(1) & Arti Gobind Daswani(1)*

(1) Sección MSF, División de Agricultura y Productos Básicos, Organización Mundial del Comercio (OMC).

* Autor para la correspondencia: Arti.daswani@wto.org; spscommittee@wto.org.

Las designaciones y nombres utilizados y la presentación de los datos que figuran en este artículo no constituyen de ningún modo el reflejo de cualquier opinión por parte de la OIE sobre el estatuto legal de los países, territorios, ciudades o zonas ni de sus autoridades, fronteras o limitaciones territoriales.
La responsabilidad de las opiniones profesadas en este artículo incumbe exclusivamente a sus autores. La mención de empresas particulares o de productos manufacturados, sean o no patentados, ni implica de ningún modo que éstos se beneficien del apoyo o de la recomendación de la OIE, en comparación con otros similares que no hayan sido mencionados.

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Uno de los principios clave del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) es la armonización, que en este se define como el «establecimiento, reconocimiento y aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias comunes por diferentes Miembros» [1, 2].

El Acuerdo MSF alienta a los Miembros de la OMC a basar sus medidas sanitarias y fitosanitarias en normas, directrices o recomendaciones internacionales, elaboradas por tres órganos normativos internacionales reconocidos por la OMC a estos efectos: la Comisión del Codex Alimentarius (Codex), en materia de inocuidad de los alimentos; la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), en materia de sanidad vegetal; y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), en materia de sanidad animal y zoonosis [3].

El Comité MSF se encarga de la vigilancia del proceso de armonización y el uso de las normas internacionales [4]. Para ello, estableció un procedimiento de vigilancia que permite a los Miembros de la OMC identificar la no utilización de una norma internacional en vigor, la necesidad de actualizar una norma, o las situaciones en las que podría necesitarse una norma internacional [5, 6]. El Comité MSF examina los informes anuales sobre este procedimiento de vigilancia, que se transmiten a los órganos normativos internacionales, con los que coopera estrechamente en sus respectivos ámbitos.

En el quinto Examen del Funcionamiento y Aplicación del Acuerdo MSF se destacó la función de los órganos normativos internacionales para impartir orientación acerca de la incertidumbre científica y la insuficiencia de los testimonios científicos en el proceso de análisis de riesgos, y se alentó a los Miembros a examinar periódicamente sus medidas sanitarias y fitosanitarias a la luz de las novedades y actualizaciones en las esferas pertinentes [7, 8].

https://doi.org/10.20506/bull.2021.2.3287

Referencias

  1. Organización Mundial del Comercio (OMC) (1994). – Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. 15 pág.
  2. Organización Mundial del Comercio (OMC) (1998). – Explicación del Acuerdo de la OMC sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.
  3. Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) (2020). – Asegurar la seguridad sanitaria del comercio internacional de animales y sus productos. Rev. Sci. Tech. Off. Int. Epiz., 39 (1). https://doi.org/10.20506/rst.issue.39.1.3056.
  4. Organización Mundial del Comercio (OMC) & Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) (2019). – Facilitating trade through regulatory cooperation. The case of the WTO’s TBT/SPS Agreements and Committees.
  5. Organización Mundial del Comercio (OMC) (2004). – Revisión del procedimiento para la vigilancia del proceso de armonización internacional. Documento G/SPS/11/Rev.1.
  6. Organización Mundial del Comercio (OMC) (2021). – Sistema de gestión de la información sanitaria y fitosanitaria.
  7. Organización Mundial del Comercio (OMC) (2020). – Examen del funcionamiento y aplicación del Acuerdo MSF. Documentos G/SPS/64 y G/SPS/64/Add.1.
  8. Organización Mundial del Comercio (OMC) (2020). – Los Miembros de la OMC adoptan un informe sobre la inocuidad de los alimentos y la sanidad animal y vegetal y preparan así el terreno para seguir trabajando en esta esfera.

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